Los trabajadores podrán reclamar la subida del SMI aprobada este viernes
El responsable legal del departamento laboral de la compañía online de servicios legales Reclamador.es, Jesús Ramírez, ha advertido a través de un comunicado de que la nueva medida deberá verse reflejada en la nómina correspondiente a enero, y que, de no ser el caso, los empleados tendrán derecho a reclamar.
Para ello, ha explicado Ramírez, “los trabajadores disponen de un año para solicitar el ingreso de esas cantidades y que se refleje en su nómina la subida salarial“.
No obstante, a pesar de que el plazo para solicitar dichas cantidades es amplio, la plataforma web aconseja “comenzar la reclamación lo antes posible y siempre de la mano de un abogado”.
No reclamar por miedo a ser despedido
Reclamador.es ha destacado que uno de los principales miedos del trabajador a la hora de hacer valer sus derechos es ser despedido por reclamar a la empresa.
Ramírez ha recordado que basta con demostrar que el despido ha sido consecuencia de una reclamación del trabajador para que el cese del contrato por parte de la empresa se considere nulo.
“Esto daría lugar a la readmisión del empleado a su puesto de trabajo y al abono de los salarios que dejó de percibir desde el despido”, ha apostillado.
Entre los principales objetivos de la empresa de reclamaciones online se encuentra la defensa de los derechos de las personas frente a las empresas y la Administración, gracias al uso de la tecnología.
Dos millones y medio de trabajadores se beneficiarán de la subida
El nuevo SMI, que supone un incremento de 164 euros mensuales, se ha aprobado mediante un real decreto que no necesitará convalidación en el Congreso de los Diputados y que cumple así con el acuerdo presupuestario pactado con Podemos para el próximo año.
La ministra portavoz del Gobierno, Isabel Celaá, ha destacado que es la mayor subida del SMI desde 1977 y supone un aumento del 22,3 %, al tiempo que beneficiará a 2,5 millones de trabajadores, un 56,74 % de ellos mujeres.
Las cuantías que tendrá el SMI para 2019 se situarán en 30 euros diarios, 900 euros mensuales y 12.600 euros anuales, al tiempo que el salario mínimo para eventuales y temporeros será de 42,62 euros diarios y el de los empleados del hogar ascenderá a 7,04 euros la hora.
El comercio, el sector más beneficiado
Los sectores más beneficiados por la subida son el comercio al por mayor y al por menor (18,8 %), el de actividades administrativas y auxiliares (14 %) y el de hostelería (10,8 %).
Le siguen servicios (7,7 %), actividades sanitarias y de servicios sociales (6,8 %), administración pública y defensa y seguridad social obligatoria (6,8 %), actividades profesionales, científicas y técnicas (6,3 %), educación (6,2 %) y la industria manufacturera (6 %).
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