Banco Santander, condenado por daños y perjuicios por la omisión de información en ‘swaps’

El fallo, con fecha 4 de septiembre, condena al Santander a pagar 420.760,73 euros para subsanar los daños y prejuicios sufridos entre 2004 y 2006, años en los que el demandante suscribió 18 millones de euros en ‘swaps’ ofrecidos por el banco Santander.

La sociedad tuvo que hacer frente a costes derivados de cancelaciones y omisiones por valor 402.760,73 euros y la Audiencia ordena ahora su devolución mediante la condena al pago de una indemnización de igual cuantía.

Falta de información

La Sala entiende que la acción de anulabilidad del contrato por vicio de consentimiento está caducada y manifiesta que “debe acogerse la impugnación de la sentencia porque ha quedado demostrado el incumplimiento por el Banco de las obligaciones derivadas del asesoramiento que conlleva la oferta y comercialización a contratante minorista de productos financieros complejos”.

De ahí que el juzgado no acoge la acción de nulidad del contrato “sino la de daños y prejuicios”, acción “que no se encontraría caducada” y podrá ejercitarse hasta octubre de 2020, ha comentado el abogado de los demandantes, Juan José Ortega.

La importancia de esta sentencia estriba en la reapertura de posibilidades judiciales por la acción de daños y perjuicios, que permitirá a muchos afectados, “inclusive sociedades anónimas, “poder conseguir las indemnizaciones que les correspondan”.

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